MAPA MENTAL
martes, 18 de septiembre de 2018
Comunicacion asertiva
COMUNICACIÓN ASERTIVA
- Por qué es tan importante comunicarnos asertivamente hoy?
Hoy vivimos en un mundo acelerado donde cada vez se hace menos necesaria la comunicación verbal y es reemplazada por la comunicación escrita por medio de las redes sociales. Por esto comunicarse asertivamente se hace cada vez mas necesario debido a que los las personas interpretamos mas allá de las palabras escuchadas y le damos sentido diferente a lo que la otra persona quiere expresar.
Practicar una comunicación asertiva permite entender en todos los contextos el significado del mensaje transmitido sin dejar espacio a incertidumbres o interpretaciones.
- ¿Qué características debe tener la comunicación asertiva?
y señalando las consecuencias que trae la no atención al mensaje transmitido.
- ¿Cuáles son los errores más frecuentes que se cometen en la comunicación y nos vuelven poco asertivos

- Defina con sus palabras qué es la comunicación asertiva
Es la comunicación en la que se transmite un mensaje claro al interlocutor que permite su entendimiento de manera clara y sencilla, de forma que se pueda replicar de igual manera si es necesario.La resiliencia
RESILIENCIA
Se refiere a la capacidad de sobreponerse a momentos críticos y adaptarse luego de experimentar alguna situación inusual e inesperada volviendo a la normalidad.
En la actualidad nos enfrentamos cada vez mas a situaciones que requieren de fuerza interior para superarlas. Como explicar a un niño que es la resiliencia?
Con el siguiente enlace, de forma clara se explica que es:
domingo, 16 de septiembre de 2018
Algoritmo de venta y prueba de escritorio
El algoritmo es claro y no tuve ninguna dificultad al realizarlo. La prueba de escritorio fue de gran utilidad para identificar los pasos que sigue el programa para seguir las instrucciones del algoritmo.
Pasos para solucionar un problema
DIFERENCIAS
1- En el libro fundamentos de programación se divide la solución de un problema en dos fases. Mientras que en el libro interactivo es una cadena que se repite si es necesario.
2- En el libro fundamentos de programación no se contempla la documentación de los procesos, mientras que en el libro interactivo es la ultima parte de la cadena antes de retomar nuevamente el inicio de las actividades
3-Son mas minuciosos los pasos que se deben seguir en el libro de fundamentos de programación, pero básicamente, ambos libros convergen en la definición del problema, el análisis y la implementacion.
LENGUAJES DE PROGRAMACIÓN Y PALABRAS RESERVADAS
1- C++ int: Nombre del tipo de dato entero
2- JS Double: Duplica
3- C# New: Nueva entrada
¿Qué beneficios existen en realizar el análisis, diseño y prueba de un algoritmo antes de realizar la codificación del algoritmo en algún lenguaje de programación? ¿Sería más fácil evitar tanto preámbulo para solucionar un problema y simplemente realizar directamente la codificación de la solución? ¿Por qué?
Al analizar el problema con anterioridad se podrán ver las variables que se requieren antes de iniciar y así no cometer errores en el momento de nombrar tanto las variables como los procesos. Tener claro el resultado al que se quiere llegar se podrá visualizar desde la etapa del análisis y minimizar los errores de incompatibilidad
Entrada y salida de datos
¿De qué forma el creador del formulario realiza la lectura de datos del usuario que se registra?
Solicitando al usuario ingresarlos de manera ordenada en un cuadro de texto para acceder a la pagina.
¿Qué información en el formulario se originó como resultado de comandos de salida?
Se origina el usuario y la contraseña de acceso
martes, 11 de septiembre de 2018
Big Data
Los datos personales deben y tendrán que ser protegidos de alguna forma. Hoy en dia con el uso de las redes sociales nuestros datos son mas públicos cada vez.
Como profesionales tenemos la obligación de garantizar a nuestros clientes el uso adecuado de ellos.
Recuperado de : https://encolombia.com/derecho/leyes/ley-habeas-data/ambito-aplicacion-definiciones/
Como profesionales tenemos la obligación de garantizar a nuestros clientes el uso adecuado de ellos.
Recuperado de : https://encolombia.com/derecho/leyes/ley-habeas-data/ambito-aplicacion-definiciones/
LEY DE HABEAS DATA
LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012
OTRAS DISPOSICIONES
(octubre 17)
LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012
OTRAS DISPOSICIONES
(octubre 17)
Diario Oficial No. 48.587 de 18 de octubre de 2012
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma.
ARTÍCULO 2o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Los principios y disposiciones contenidas en la presente ley serán aplicables a los datos personales registrados en cualquier base de datos que los haga susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada.
La presente ley aplicará al tratamiento de datos personales efectuado en territorio colombiano o cuando al Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento no establecido en territorio nacional le sea aplicable la legislación colombiana en virtud de normas y tratados internacionales.
El régimen de protección de datos personales que se establece en la presente ley no será de aplicación:
a) A las bases de datos o archivos mantenidos en un ámbito exclusivamente personal o doméstico.
Cuando estas bases de datos o archivos vayan a ser suministrados a terceros se deberá, de manera previa, informar al Titular y solicitar su autorización. En este caso los Responsables y Encargados de las bases de datos y archivos quedarán sujetos a las disposiciones contenidas en la presente ley;
b) A las bases de datos y archivos que tengan por finalidad la seguridad y defensa nacional, así como la prevención, detección, monitoreo y control del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo;
c) A las Bases de datos que tengan como fin y contengan información de inteligencia y contrainteligencia;
d) A las bases de datos y archivos de información periodística y otros contenidos editoriales;
e) A las bases de datos y archivos regulados por la Ley 1266 de 2008;
f) A las bases de datos y archivos regulados por la Ley 79 de 1993.
Cuando estas bases de datos o archivos vayan a ser suministrados a terceros se deberá, de manera previa, informar al Titular y solicitar su autorización. En este caso los Responsables y Encargados de las bases de datos y archivos quedarán sujetos a las disposiciones contenidas en la presente ley;
b) A las bases de datos y archivos que tengan por finalidad la seguridad y defensa nacional, así como la prevención, detección, monitoreo y control del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo;
c) A las Bases de datos que tengan como fin y contengan información de inteligencia y contrainteligencia;
d) A las bases de datos y archivos de información periodística y otros contenidos editoriales;
e) A las bases de datos y archivos regulados por la Ley 1266 de 2008;
f) A las bases de datos y archivos regulados por la Ley 79 de 1993.
PARÁGRAFO. Los principios sobre protección de datos serán aplicables a todas las bases de datos, incluidas las exceptuadas en el presente artículo, con los límites dispuestos en la presente ley y sin reñir con los datos que tienen características de estar amparados por la reserva legal. En el evento que la normatividad especial que regule las bases de datos exceptuadas prevea principios que tengan en consideración la naturaleza especial de datos, los mismos aplicarán de manera concurrente a los previstos en la presente ley.
ARTÍCULO 3o. DEFINICIONES. Para los efectos de la presente ley, se entiende por:
a) Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales;
b) Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento;
c) Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables;
d) Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento;
e) Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos;
f) Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento;
g) Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
b) Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento;
c) Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables;
d) Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento;
e) Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos;
f) Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento;
g) Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
ARTÍCULO 4o. PRINCIPIOS PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. En el desarrollo, interpretación y aplicación de la presente ley, se aplicarán, de manera armónica e integral, los siguientes principios:
a) Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: El Tratamiento a que se refiere la presente ley es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen;
b) Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular;
c) Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento;
d) Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;
e) Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan;
f) Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la presente ley;
Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la presente ley;
g) Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento a que se refiere la presente ley, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
h) Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la presente ley y en los términos de la misma.
b) Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular;
c) Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento;
d) Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;
e) Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan;
f) Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la presente ley;
Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la presente ley;
g) Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento a que se refiere la presente ley, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
h) Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la presente ley y en los términos de la misma.
Tipos de algoritmos
CUALITATIVO
Problema: Peinar al gato
Inicio del algoritmo
Caminar hasta el closeth
Abrir el cajón
Buscar el cepillo
Sacar el cepillo
Si tiene pelos
Quitar los pelos
Ir al sofá
Poner el cepillo en el sofá
Buscar el gato
Perseguir el gato
Coger el gato
Ir hasta el sofá
Sentarse con el gato
Tomar el cepillo
Peinar al gato
Fin del algoritmo
CUANTITATIVO
Problema: Calcular el promedio de consumo de agua por 6 meses
Inicio del algoritmo
Pedir el dato de consumo del mes 1
Pedir el dato de consumo del mes 2
Pedir el dato de consumo del mes 3
Pedir el dato de consumo del mes 4
Pedir el dato de consumo del mes 5
Pedir el dato de consumo del mes 6
Realizar operación de promedio: (M1+M2+M3+M4+M5+M6)/6
mostrar en pantalla el resultado
Fin del algoritmo
Aplicaciones y mi papel como profesional
Realice una reflexión acerca de las aplicaciones informáticas que se pueden desarrollar mediante los algoritmos y su programación. Indique qué beneficios y desventajas pueden traer las aplicaciones,
Con la programación de algoritmo se puede solucionar todo tiempo de problemas. Mejorar procesos con el fin de realizarnos en un menos tiempo y de forma mas precisa.
Ventajas:
- Optimiza el tiempo
- Mas confiabilidad en los datos
- Mejor uso de los recursos
Desventajas.
- Se vuelven procesos mecánicos para el que los realiza, convirtiéndolo en un digitador de información
- No requieren que el usuario analice y razone
¿cómo se imagina usted en el papel como profesional del desarrollo de software? ¿en qué le gustaría desempeñarse?
Como profesional espero desarrollar dentro de mi rol actual, aplicaciones que permitan minimizar en gran cantidad el trabajo de calculo manual para optimizar el tiempo y reducir los errores y reprocesos actuales.
¿cómo cree que podría aportar como persona y como profesional a la construcción de una sociedad más desarrollada, equitativa y justa en todos los aspectos?.
Creando oportunidades de aprendizaje desde el mio.
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