Una familiar cercana mayor de 60 años, requería de una operación de manera inmediata. Después de varias gestiones ante la EPS la respuesta fue negativa, ante esto, fue necesario interponer una acción de tutela para acceder a ella.
La acción de tutela fue a favor de mi familiar y la cirugía fue programada, el inconveniente siguiente fue el alto costo; para esto, fue necesario una nueva acción de tutela, pues el costo era tan elevado que no era posible hacer el pago de este.
Finalmente la cirujia se realizo después de 6 meses.
Derecho vulnerado: El derecho a la salud

Articulo relacionado: Articulo 46, protección a la tercera edad.
El conocimiento de los derechos que tenemos como ciudadanos son indispensables para el sano desarrollo de la sociedad, pues con el conocimiento de derechos esta ligado el conocimiento de los deberes y no solo seremos reclamadores sino cumplidores.
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